Por todo lo antes expuestos de hecho y de derecho, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: FIJA PLAZO DE PRORROGA, de quince (15) días, a partir del día 04 de Diciembre del 2007, en la causa penal seguida a los ciudadanos DANILO GONZALEZ, Colombiano, natural de Maicao, nació el 21-04-1.982, de 23 años de edad, soltero, obrero, sin cédula de identidad, hijo de Benito González y de Graciela González, residenciado en el Barrio 5 de Julio, en la primera calle, Maicao Colombia, cerca de un negocio propiedad de señor Alfonso, y ANA LETICIA HERNADEZ, Colombiana, natural de Bucaramanga, nació el 30-10-1.962, de 45 años de edad, casado, ama de casa, titular de la cédula de identidad N° E- 37.175.737, hija de Julio Hernández y de Rosa Melida Rojas, residenciada en el Barrio Carlos Andrés Pérez, calle 10, casa s/n, cerca de l.....