En razón por la cual este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se decrete la Flagrancia de conformidad al Artículo 93 ejusdem. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD al imputado JUBER JOSE MENDOZA SAUCEDO, venezolano, natural de Santa Bárbara del Estado Zulia, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 17.187.883, de profesión u oficio Albañil, de estado civil soltero, fecha de nacimiento 14/08/1984, hijo de ANIBAL SAUCEDO y MARITZA MENDOZA, residenciado en el Barrio Villa Colón, al lado del Hogar San José, primera calle al finalizar, rancho de color blanco, Santa Bárbara, Municipio Colón del estado Zulia, teléfono 0424-7493948, de conformidad con lo establecido en los Numerales 3 y 4 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Pe.....