Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud presentada por la abogada NOIRALITH GONZALEZ URDANETA, en su condición de Defensora Pública Quinta Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, con sede en Santa Bárbara, actuando a favor del ciudadano JOSE FERNANDO DORIA HERNANDEZ, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, natural del Departamento de Córdoba, Colombia, nacido en fecha 27/09/1.990, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 24.190.448, de estado civil soltero, de profesión u oficio operador de máquina, hijo de Doria Omary y de padre desconocido, residenciado en la calle principal del Estadio, Sector Eloy Paredes, frente .....