En consecuencia, se ordena la apertura a Juicio Oral del ciudadano CIRO ANTONIO ROMERO, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, Estado Zulia, fecha de nacimiento 17-10-1981, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.185.900, soltero, hijo de Antonio Vizcaya y Teresa Romero, residenciado en la carretera Km. 2, diagonal a Hogar San José, casa S/N°, frente a la quesera, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2 literal A del Código Penal de Venezuela, cometido en contra del ciudadano EDWIN ALEJANDRO IBAÑEZ GONZALEZ (FETO) y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el artículo 80 cometido en perjuicio de la ciudadana ALBERIS CAROLINA IBAÑEZ GONZALEZ, el emplazamiento de las partes para que en el plazo común de cinco (05) días concurran ante el Tribunal de Juicio correspondient.....