ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Fija Plazo prudencial de Treinta (30) días, a la Fiscalía Decimosexta del Ministerio Público, para que concluya la investigación en la presente causa, seguida al ciudadano LIUVER VELAZCO GARCIA, por la presunta comisión del delito de POSECION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Todo de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, en fecha 21 de abril del presente año este Tribunal decretó el cese de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado de autos en fecha 04 de mayo de 2005, de conformidad con lo establecido en los artículos 313 y 314 de la norma adjetiva. Siendo las Nueve y Treinta minutos de la mañana, se suspende la presente audiencia, por un lapso de diez minutos, a.....