Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a favor del ciudadano JOSE ENRIQUE LOPEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C. I. N° V-15.135.776 y residenciado en el Barrio Buena Vista, calle principal, al final margen izquierdo, entrando por la Bodega Santa Teresa, sector La Perrera, de la Población de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, el sobreseimiento de la causa, seguida por el delito de RAPTO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 383 del Código Penal de Venezuela, antes artículo 384, en perjuicio de la ciudadana KENIA ANDREINA ATENCIO ATENCIO, por haber operado la prescripción ordinaria de la acción penal, quedando en consecuencia extinguida la acción penal, todo.....