Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara no ha lugar la solicitud de entrega de vehículo planteada por el ciudadano JUAN CARLOS ORTEGA SAENZ, y NIEGA la entrega del vehículo con las siguientes características: MARCA Chevrolet, MODELO C-10, COLOR Rojo, PLACA 720-XFL, SERIAL DE CARROCERIA MCCD14DV209165, AÑO 1983, CLASE Camioneta, TIPO Pick - Up, USO Carga, por cuanto no se pudo establecer con certeza que el vehículo objeto de la presente causa, sea el mismo cuya entrega se solicita, estimándose indispensable el mismo, para la investigación del Ministerio Público. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre y con el artículo 283 del Cód.....