Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Proseguir la presente causa por el Procedimiento Especial previsto en el articulo 79 de la Ley Especial que rige la materia, de conformidad. SEGUNDO: DECRETAR MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del Imputado RAINIER ENRIQUE FALCON OVIEDO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 08/10/79, soltero, de Profesión u Oficio Chofer, titular de Identidad V- 15.763.267, residenciado Barrio Los Olivos, calle Yedra, casa N° 1, Cabimas, Estado Zulia, punto de referencia Tasca Magali en la esquina de su casa, Tlf: 0264-6584320/0424-6259185, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto en el articulo 39 de la Ley Especial, en perjuicio de la ciudadana BEATR.....