Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, administrando justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensa, y en consecuencia, MANTIENE LAS PRESENTACIONES del imputado JAIRO ANTONIO CASTILLO, de nacionalidad venezolana, natural de Cabimas, de 48 años de edad, fecha de nacimiento 11-11-1962, de estado civil soltero, de profesión u oficio reservista, titular de la cédula de identidad No. 7731425, residencia en: Sector R-10, callejón R-10, frente al estadio DE R-10, Estado Zulia,, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453.1° del Código Penal en perjuicio de la empresa PDVSA, tal y como se le ordenó en el ACTA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO, en fecha 12-07-2010, es decir, CADA TREINTA (30) DIAS, a través del D.....