Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL CON FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DEL MINISTERIO PÚBLICO, y en consecuencia, PRIMERO: ORDENA LA APREHENSIÓN INMEDITA de los ciudadanos WILFREDO LUGO ROMERO (alias "El Willy"), venezolano, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, de 29 años de edad, sin profesión u oficio, Cédula de identidad N° 18.063.481, residenciado en el sector El Muro, en el Caño la "O", casa sin número, de color verde con blanco y rejas negras, en la cual queda una bodega denominada "Los Recuerdos de ella", Parroquia Simón Bolívar, Ciudad Ojeda, Estado Zulia; NIXON OMAR GÓMEZ COLINA (apodado "El Toro"), venezolano, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, de 18 años de edad, sin profesión u oficio, Cédula de identidad N° 19.749.373, residenciado en e.....