PRIMERO:
ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, en contra del acusado JUAN JOSE ROJAS CAMACHO, de nacionalidad venezolana, natural de Cabimas, Estado Zulia, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 22-11-1978, de estado civil casado, de profesión u oficio Soldador de Primera, titular de la cédula de identidad No. V-13.561.735, con domicilio procesal en la Calle San Benito, Sector La Rosa Vieja, Casa No. 168, por la antigua chivera San Benito, Cabimas, Estado Zulia, Teléfono: 0264-3718538, como autor del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 8 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MANUEL SEGUNDO GOMEZ, con fundamento en el numeral 2° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO:
ADMITE TOTALMENTE LOS MEDIOS DE PRUEBAS, en la causa seguida al acusado JUAN JOSE ROJAS CAMACHO, de nacionalidad venezolana, natural de Cabimas, Estado Zulia, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 22-11-1978, de estado civil casado, de profesión u ofici.....