. Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley una vez escuchadas las exposiciones de la Fiscal del Ministerio Publico, la victima, la defensa y del imputado LEUDIS REINIER ESTRADA, pasa a resolver en los siguientes términos: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Ciudadana Fiscal Cuadragésima Séptima del Ministerio Público y ratificada en esta Audiencia Oral en contra del ciudadano acusado LEUDIS REINIER ESTRADA, antes identificado, por los hechos ocurridos en fecha 26 de enero 2008 del presente año, en las condiciones y circunstancias de tiempo y lugar especificados por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público en su escrito de acusación. SEGUNDO: Se admite las prueba.....