Acuerda Fijar Un Plazo de Cuarenta y cinco (45) días Continuos, al Fiscal del Ministerio Público de la circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas para que concluya la investigación, y manifieste su convicción a través de la presentación del respectivo Acto Conclusivo, de como es Archivo, Sobreseimiento o Acusación, seguida en contra del Imputado: JHONNY ENRIQUE QUEROS, por la presunta responsabilidad en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el actual articulo 470 del Código Penal Venezolano, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto las partes se encuentra presentes en este acto se dan por notificados de la presente decisión