Por todos los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado IVAN JOSE DURAN, de 20 años de edad, cedula de identidad V 24.735.116, natural de Mene Grande Estado Zulia, soltero, albañil, residenciado: Barrio la Victoria calle las Laras, casa s/n, por la ferretería Hermanos Hernández, por el cementerio, Ciudad Ojeda Estado Zulia, quien se encuentra en libertad, bajo medida cautelar sustitutiva a la privación judicial de libertad, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES de prisión, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en concordancia con los artículos 3,4, 5, 12, 14 y 15 de la Ley para el Desarme y el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado venez.....