Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Extensión Cabimas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: De conformidad a lo expresado en el numeral 2 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal penal, ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN formulada por el Ministerio Publico en contra del imputado OSWALDO JOSE FERMIN MARCHAN, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZAS, previstos y sancionados en el Artículo 39 y 41, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 15 ordinales 1 y 3 Ejusdem, cometido en perjuicio de la Ciudadana SARINETH MARCANO GAZABON, por las circunstancias de tiempo, modo y lugar especificadas por el Ministerio Publico en su acusación, por cuanto cu.....