este Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: La Individualización realizada en este acto por la Ciudadana Fiscal 47 del Ministerio Público, donde imputa al Ciudadano CARLOS JAVIER ROMERO CARDOZO, Venezolano, Natural de Carora, Estado Lara, Titular de la Cédula de Identidad No. V-10.765.967, Educador, Divorciado, hijo de los Ciudadano GLORIA OLIVIA CARDOZO DE ROMERO y PEDRO REINALDO ROMERO RINCON, domiciliado en Mene Grande, Municipio Baralt, Campo Alegría, Calle 4, Casa no. 66, Estado Zulia, teléfono: 0424-661-39-13, por la presunta comisión de los delitos precalificados como VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometidos en perjuicio de la Ciudadana MEGLIS JANETH MONTIEL COY. S.....