Conceder prórroga por QUINCE (15) días adicionales consecutivos, para la presentación del acto conclusivo por parte de la Fiscal del Ministerio Público, contados a partir del vencimiento de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la decisión judicial que acordó mantener la detención del ciudadano imputado FREDDY ANTONIO SILVA, Venezolano, con fecha de nacimiento 22-05-1978, edad 28 años, casado, titular de la cédula de identidad No 13.129.609, hijo de Freddy De Jesus Molina Velasquez y Mercedes Silva Prado, con residencia en la Urbanización Lopez Contreras, Segunda Etapa, casa N° 4, como a 200 metros de la UNERMB, Ciudad Ojeda Estado Zulia, con teléfono 0416-4543805; todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.