ACUERDA: PRIMERO: Se acuerda la tramitación y Sustanciación por el procedimiento Ordinario. SEGUNDO: Se decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado JUAN BAUTISTA CEGARRA DOMINGUEZ.