Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado ciudadano MARCO ANTONIO D´MATHEUS, venezolano, natural de Caracas, fecha de nacimiento 17-10-1990, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.970.089, estado civil, soltero, profesión u oficio, estudiante, hijo de Nirva Rodríguez y de Antonio D´Matheus, residenciado en el Sector El Muro, Avenida 72, cerca de la Agropecuaria Pilón, Valmore Rodríguez, Estado Zulia, teléfono 04241-24-77-85, quien se encuentra en libertad mediante medida cautelar sustitutiva, a cumplir las penas de un (01) año y nueve (09) de prisión, así como, a las accesorias legales de inhabilitación política durante el tiempo de la condena y sujeción a la vigilancia de la autoridad por.....