DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Al haber sido expuestas las referidas consideraciones de hecho y de derecho, que en conjunto sirven de motivación o fundamento a la presente decisión, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Negar la solicitud propuesta por la distinguida defensa, que por vía de examen y revisión de la medida impuesta, se le conceda el juzgamiento en libertad al ciudadano BETULIO SEGUNDO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.509.325, domiciliado en la villa del Rosario de perija del estado Zulia, a quien se le sigue asunto penal por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Calificado, cometido en perjuicio de personas por identificar, por no ser procedente en derecho la sustitución de libertad asegurada, al no adecuarse a los.....