DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, presentada por la abogada en ejercicio ELEMY VARGAS PAREDES, en su carácter de defensora del ciudadano acusado JHONI ANTONIO ROSALES ARELLANO, y en consecuencia, SEGUNDO: RATIFICA y MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, dictada en contra del ciudadano antes mencionado, en fecha 17 de enero de 2010, por este Juzgado en funciones de Control, a quien se les sigue proceso penal por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION, previsto y sancionado en el Articulo 16 de la Ley Orgánica Contra el Secuestro y la Extorsión en concordancia con el articulo 83 del Código Penal perpetrado en contra del ciudadano Víctor Angel González Medina, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR EN GRUPO ESTRUCTURADO DE DELINCUENCIA ORGANIZADA, previsto y sancionado en el articulo 6 en concordancia con el numeral 13 del articulo 16 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y el delito de USO .....