DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
En razón de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: El Sobreseimiento del asunto penal que se le tramitaba por investigación fiscal en contra de los ciudadanos LUIS ANTONIO MUCARSEL CORREA Y LILIANA GRACIELA MUCARSEL CORREA, Representantes de la empresa REFRI C.A, por la presunta comisión del delito de EXPEDICION DE DOCUMENTACION FALSA, previsto y sancionado en el articulo 77 de la Ley Contra la Corrupción o el delito de FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PUBLICO, previsto y sancionado en el articulo 319 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, con sustento en las circunstancias referidas a que el hecho objeto de la presente investigación no reviste carácter penal por no estar tipificado en el texto.....