DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
En razón de las antes consideraciones expuestas este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Penal con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: Conceder el examen y revisión peticionada por el imputado Extender el lapso de presentación ahora a cada Treinta (30) días al ciudadano imputado ciudadano HENDRYK LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.439.909 y domiciliado en la urbanización la Picola, calle 41, N° 15N-114, de esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, a quien se le sigue proceso por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Culposo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se ordena librar las correspondientes notificaciones al despacho fiscal, la victima, la defensa y el imputado, a fin de ser in.....