DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Por los fundamentos y razones antes expuestos, este Tribunal Décimo Tercero de Primera instancia en lo penal en funciones de control de Maracaibo del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: Conceder el juzgamiento en libertad a favor de la ciudadana NELLY JOSEFINA CARDENAS, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 03-03-1972, de estado soltera, de Profesión u Oficio Comerciante, hija de Nelly Rita Cárdenas, y Vicente, manifiesta no conocer el apellido de su padre, residenciada en Sector Bela Vista, Calle Trinidad, Casa N° 5-42, Frente a la tienda Gerardo, Maracaibo Estado Zulia, a quien se le tramita asunto penal por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipo penal previsto y sancionado en el Articulo 31, Tercer aparte de la Ley Contra el .....