Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda el ARCIVO FISCAL, solicitado por el Ministerio Publico, en consecuencia se ordena LIBERTAD INMEDIATA, en la investigación N° 24-F04-2173-08, seguida por la Fiscalía Decima Cuarta del Ministerio Público, al Ciudadano JUAN PABLO QUINTERO GRATEROL , por la presunta comisión del Delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano GLADIS NAVARRO, y en consecuencia, se ordena su INMEDIATA LIBERTAD. Regístrese la presente Decisión, Notifíquese a las partes, y Ofíciese al Departamento de Alguacilazgo y al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite". Cúmplase.-