DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Siendo expuestas las consideraciones de hecho y de derecho en este fallo, que en conjunto sirven de motivación o fundamento a la presente decisión, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Negar la solicitud propuesta por la distinguida defensa de que por vía de examen y revisión de la medida de privación impuestas por el juzgamiento en libertad en favor de los ciudadanos JOAN AMABLE JIMENEZ MEDINA, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, de 32 años de edad, fecha de nacimiento: 14-04-1977, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio PINTOR, Titular de la Cedula de Identidad N° 15.727.746, hijo de amable Jiménez y carmen medina, residenciado en sector primero Mayo casa nº 19B-07, diagonal al ambulatorio Padre PIO Municipio Maracaibo de Estado Zulia, VICTOR R.....