DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Maracaibo del Estado Zulia, en Nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Hacer la entrega al ANTONIO JESUS RIVERO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.912.081, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la ciudadana abogada MARIA REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.536.626, el vehículo de su única y exclusiva propiedad el cual posee las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBU, CLASE: AUTOMOVIL, COLOR: MARRON, AÑO: 1.981, TIPO: SEDAN, PLACAS: 216-758, SERIAL DE CARROCERIA: D1T69ABV319967, SERIAL DE MOTOR: 3EM413174, en forma directa en Deposito, Custodia, Uso y Mantenimiento, .....