DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Maracaibo del Estado Zulia, en Nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Hacer la entrega a la ciudadana MARIA VIRGINIA MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº 17.182.637, domiciliada en la comunidad de Carretal, en la vía que conduce a carrasqueño carretal, vía principal al lado de la estación de servicio de Carretal, del Municipio Páez del estado Zulia, la entrega del vehículo de su única y exclusiva propiedad el cual posee las siguientes características: MARCA: Jeep, MODELO: Chevrolet, COLOR: Beige y Blanco, CLASE: Camioneta, TIPO: Pick-Up, PLACAS: 015HAI, SERIAL DE CARROCERÍA: 8YACA15UXGV038154, SERIAL DEL MOTOR: CAV202119, AÑO: 1980 y USO: Particular, vehículo este que le perten.....