DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
En razón de los argumentos antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: Autorizar por mandamiento judicial La Aprehensión Judicial de la ciudadana YINDRI CROMOTO GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.438.807, residenciada en el sector La lago, cañada de Virginia, casa N° 62ª-343, calle 67 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por estar involucrada en la presunta comisión de uno del delito de Lesiones Intencionales Graves, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 415 del Código penal, cometido en perjuicio de la ciudadana FRANCINA del PILAR HELID GONZALEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del texto procesal adjetivo penal y 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional, para ser p.....