Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera ajustado a derecho el ARCHIVO FISCAL decretado por el Representante del Ministerio Público, a favor del ciudadano SILVIO PÉREZ, al que se le sigue la investigación Nro. C24-F2-0079-07VF, por ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, por la presunta comisión de unos de los delitos establecidos en Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en contra de la ciudadana GLENDYS MEDINA, todo ello de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no se ha dictado en su contra ninguna medida cautelar. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público.
EL JUEZ DE CONTROL.-
FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
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