RESUELVE: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitudes de la Defensa en cuanto a la nulidad absoluta de las actuaciones desde e! día 27/12/2006, por cuanto el abogado JAIME RAVINOVICH, si fue juramentado y se cumplió con lo pautado en el articulo 139 del Código Orgánico Procesa! Penal. Igualmente se declara SIN LUGAR el cambio de calificación jurídica solicitada por la defensa. Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Admite totalmente la acusación presentada en fecha 26.01.07, por la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Publico ABOG. FLORYMHAR BECERRA, contra el imputado FRANKLIN KELVIS HUERTA CASTILLO, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, y en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano IGNACIO MANUEL RUIZ, y el ORDEN PUBLICO, de conformidad con lo establecido en el Articulo 330 Ordinal 2 del Código Orgánico Pr.....