Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: LUIS FELIPE MORALES CONSUEGRA, de nacionalidad colombiana, natural de Santa Marta, fecha de nacimiento: 30-11-1965, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E-83.068.512, de profesión u oficio Albañil, hijo de Sonia Esther Consagra y Adolfo Morales, residenciado en el Barrio Monseñor de León Av. 68 casa 209-87. Los Cortijo. San Francisco. Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PUBLICO, pena deberá cumplir en el establecimiento penitenciario que determine el juez de ejecución que corresponda conocer de la presente causa. Remítase la presente causa al Departamento de Algua.....