Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el SOBRESEIMIENTO de la causa, contenida en las actuaciones que anteceden, de conformidad a lo dispuesto en el Ordinal 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Ordinal 8° del Artículo 48 ejusdem, acogiendo así la solicitud Fiscal.
Regístrese esta Decisión; déjese copia en Archivo, Notifíquese a las partes y remítase las actuaciones a al Archivo Judicial Central en su debida oportunidad.-