DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN MARACAIBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se CONDENA a la acusada: HEIDY CAROLINA TORRES PIRELA, venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 05-09-77, de 33 años de edad, estado civil soltera, titular de la cedula de identidad N° 13.080.706, comerciante, hija de Gladis Pírela de Torres y Douglas Torres, residenciada en el Barrio Virgen de Carmen II, Calle 2, Casa 23B-B14, detrás del Centro Comercial Bicentenario Norte, al lado de la Urbanización Oaisis Country, de esta ciudad, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA SENTENCIA CONDENATORIA, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PUBLICOS EN GRADO.....