En consecuencia, por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Proveer Medida Cautelar Innominada, solicitada por la Fiscalía Undécima (11º) del Ministerio Público, correspondiente a la CONGELACIÓN E INMOVILIZACIÓN de las Cuentas Bancarias aperturadas en la Entidad Bancaria Banco Occidental de Descuento, por el Ciudadano JULIO EDUARDO SOTO MORENO, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.620.469, correspondientes a la Cuenta Corriente 5543950112158323, la Cuenta de Ahorros 0032556845, así como todos los instrumentos bancarios que pudieran encontrarse a nombre del mencionado ciudadano, e igualmente la CONGELACIÓN E INMOVILIZACIÓN de las Cuentas Bancarias aperturadas en las diferentes Entidades Bancarias que el mencionado ciudadano en vida pudiera aperturar, así como todos los instrumentos bancarios que pudieran encontra.....