ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano ESTARLIN JOSE MORAN URDANETA, venezolano, natural de Maracaibo, de 21 años de edad, soltero, profesión u oficio Ayudante de Grúa, fecha de nacimiento 12-05-83, titular de la cédula de identidad N° 17.833.221, hijo de José Morán y Maritza Urdaneta y residenciado en: Barrio La Pepsi-Cola (Invasión) vía a Perijá kilómetro 10 y 11, al fondo de la Empresa Pepsi-Cola, Municipio San Francisco, Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal