Por los Argumentos antes expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la acusada ÁNGEL GERARDO TORRES: Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 27-07-72, de 42 años de edad, titular de la Cedula de identidad Nº 7.813.318, soltero, obrero, hijo de MARIA EVANGELINA TORRES y no conoce a su padre, residenciado en el Barrio San José, callejón Campo Elías, casa N° 89d-35, Sector Los Postes Negros, por la comisión del delito de VIOLACIÓN CON ABUSO DE CONFIANZA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Artículo 376 del Código Penal, en concordancia con el ordinal 1° del articulo 375 y el primer aparte del articulo 80 del mencionado Código, y en consecuencia se declara el cese de las Medidas Cautelares impuestas a los mencionados Ciudadanos, a t.....