Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado MIGUEL ANGEL RUIZ CASTRO, de nacionalidad Colombiano, natural de Barranquilla Atlanta, de 24 años de edad, fecha de nacimiento: 12-10-1984, soltero, de profesión u Oficio barman, cedula colombiana N° 72344484, hijo de OLGA CASTRO y de MIGUEL RUIZ, residenciado el sector Camiri El Bajo, calle 44 con avenida 27, casa S/N, Teléfono 0261-6611109 y 0424-6045846, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en los artículos 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de LA FE PUBLICA, por lo que CALIFICA LA FLAGRANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 248.....