Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano ALEX ELIEZER ROJAS GARCIA, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 01-11-1981, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, Cédula de identidad N° 21.748.272, hijo de MINERVA GARCIA SUAREZ y RAFAEL ROJAS, con residencia en el Barrio Brisas del Lago, al fondo de la Estación de Servicio y la Ferretería Bilicuin del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por considerarlo COAUTOR en el delito de ASALTO A VEHICULO DE TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el Artículo 357 cuarto aparte del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem; cometido en perjuicio de LEANDRO.....