Es por lo dual considera este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de la imputada IYORMA DEL CARMEN ROMERO CHOURIO, titular de la C.I.: 7.819.205, venezolana, natural del Municipio Maracaibo-Estado Zulia, de 41años de edad, de profesión: oficios del Hogar, hija de JESUS MARIA ROMERO y ELMILINDA CHOURIO DE ROMERO, residenciada en el Barrio LA POLAR CALLE 191, CASA Nª 48E-53, PARROQUIA DOMITILA FLORES, DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO- ESTADO ZULIA, de las contenidas en los Ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en presentaciones periódicas por ante este Tribunal, cada Treinta (30) días, Asimismo se ordena que la presente causa, se tramite a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal .....