Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el ARCHIVO JUDICIAL de la presente causa, y en consecuencia el CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES impuestas al ciudadano JESUS HERNAN HERNANDEZ SOTO, Cédula de Identidad N° 4.787.400, con domicilio ubicado en el kilómetro 18, vía la Concepción, Barrio Rafael Urdaneta, diagonal a la Panadería Don Emilio, Maracaibo, Estado Zulia; por el delito de HURTO CALIFICADO, en perjuicio de SERVILAC C.A.
Así mismo, una vez recibidas las respectivas boletas de notificación, se acuerda la remisión de la causa a la mencionada Fiscalía del Ministerio Público del Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del Articulo 314 del Código Orgánico Procesal. Regístrese la presente resolución. Notifíquese.-
LA JUEZ DE CONTROL,
.....