Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho este Tribunal Quinto De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley Acuerda, PRIMERO: se aplica el procedimiento por ADMISIÓN DE LOS HECHOS, de conformidad con lo establecido en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Al acusado MIGUEL ANGEL ALTUVEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 09-06-08, Comerciante, indocumentado, Soltero, hijo de Naxely Coromoto y Neptalí Altuvez, residenciado en Funda Barrios, vía Principal, al lado de la Pizzería Funda Barrio Maracaibo, Estado Zulia. Por los delito de: FALSA TESTACION ANTE FALSA TESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, USO DE DOCUMENTO FALSO Y USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en los artículos 46 y 47 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Se Mantiene la .....