Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO del Vehículo con las siguientes características: Clase CAMION, Marca MACK, Modelo R609T, Tipo CHUTO, Serial de Carrocería R607TV30007, Serial Motor T675C7Z3785, Color AMARILLO, Año 1979, Placas 90WDAO, Uso CARGA, ciudadano Abog. DAVID CASAS GONZALEZ, titular de la C.I. No. 7.026.009 e inscrito en el inpreabogado bajo el No. 57660, actuando con el carácter de de Apoderado Judicial del Sujeto Colectivo de Comercio TRANSPORTE LA REDOMA S.R.L, el cual dicho VEHICULO no podrá ser traspasado, vendido sin autorización expresa del Tribunal, de entregarla a este, en caso de ser requerida; asimismo, se le hará constancia al mencionado ciudadano con esta misma fecha, donde podrá circular por todo el Territorio Nacional y debiéndolo presentar ante.....