Por las consideraciones procedentes, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO : SE CONDENA al Ciudadano : RICHARD ANTONIO CARDOZO VALERA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, fecha de nacimiento 28-01-1981, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, titular de la cedula de identidad N° v-15.060.524, hijo de Nelson Cardozo y Cristina Valera , residenciado en el parcelamiento Alto II, calle 95S, casa sin numero a cinco cuadras del deposito el Gordo, Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISION con las Accesorias de Ley Contempladas en los Artículos 16 y 24 del Código Penal venezolano Vigente para el Momento en que ocurrieron los hechos, por el delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del códig.....