Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: EDWIN JESÚS VILLALOBOS FERNÁNDEZ, Venezolano, Natural de Maracaibo, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante de Camión, Fecha de Nacimiento 24 /02/ 1.983, titular de la cédula de identidad No. V-16.729.526, hijo de Argelia Villalobos y María Dalia Fernández, residenciado en Barrio Sur América, calle 156, No. 132-55, diagonal al depósito de Licores ¿Ramírez¿, Municipio San Francisco del Estado Zulia; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO; mas las Accesoria de Ley, establecidas en el artículo 13 del Código Penal, en concordancia con el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal; es decir, a la Interdicción Civil e inhabilitación política mientras dure la pena y a la sujeción de vigilancia d.....