Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA el ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES, el CESE DE LAS MEDIDA SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN, prevista en el Artículo 256, Ordinal 3° y 4 ° del Código Orgánico Procesal Penal, y la CONDICION DE IMPUTADO del procesado RENNY ALFONSO DUARTE, en razón de haber precluido el término legal concedido a la Fiscalia del Ministerio Publico para presentar el Acto Conclusivo correspondiente, de conformidad con los Artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 244 Ejusdem.-.
Regístrese esta decisión en el Libro Respectivo. Notifíquese. Compúlsese copia de archivo y remítanse las actuaciones al Archivo Central.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABOG. ANDRES ENRIQUE URDANETA C,
LA SECRETARIA,
ABOG. MAGLENYS GONZALEZ