Este Juzgado procede a PONER EN ESTADO DE EJECUCIÓN la sentencia dictada por el mencionado órgano jurisdiccional, y en tal sentido, se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de la sanción impuesta de la siguiente manera: El adolescente NOMBRE OMITIDO (GARANTÌA DE CONFIDENCIALIDAD. ART.545 LOPNA), fue detenido en fecha 07-04-2006, por lo cual hasta el día de hoy lleva detenido 02 MESES Y 22 DÌAS, faltándole por cumplir 01 AÑO, 09 MESES y 08 DÌAS, debiendo cumplir la sanción hasta el día 07 DE ABRIL DE DOS MIL OCHO (2008). Se acuerda convocar Audiencia Oral y Reservada para el día JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, a los fines de proceder a la revisión en cuanto al cumplimiento de la sanción impuesta.