este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, BAJO LA PROTECCIÓN DE DIOS, Administrando Justicia, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: CONTINUAR con el cumplimiento de las sanciones de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta impuestas al Joven Adulto (NOMBRE OMITIDO EN VIRTUD DE LA CONFIDENCIALIDAD), como lo es: La obligación de 1.- continuar estudiando, por lo cual deberá consignar la respectiva constancia. 2.- La prohibición de acercarse a la victima. 3.- No portar armas. 4.- La obligación de acudir a la iglesia respetando la fe que profese. Y 5.- La prohibición de verse involucrado en otro hecho. SEGUNDO: Se acuerda convocar a una Audiencia Oral y Reservada para el día CUATRO (04) DE OCTUBRE DE 2007 A LAS NUEVE Y CUARENTA DE LA MAÑANA a los fines de proceder a la revisión de las sanciones que les fueron aplicadas. Se ordena oficiar al departam.....