El Tribunal ACORDÓ Mantener las sanciones de Libertad Asistida, por ante el Departamento de Trabajo Social e Imposición de Reglas de Conducta, al joven adulto NOMBRE OMITIDO (GARANTÌA DE CONDIFENCIALIDAD. ARTÌCULO 545 LOPNA), como lo son: 1.- Incorporarse en el Área Educativa y consignar semestralmente la debida constancia de estudio. 2.- Incorporarse en un Área Deportiva y consignar constancia. 3. No portar ningún arma de fuego o arma blanca. 4.- Asistir a los actos que fije el tribunal 5.- No cambiar de residencia, sin la debida notificación del Tribunal y la 6.- La prohibición del joven adulto de verse involucrado en otro hecho punible.- Este Juzgado deja expresa constancia de haber explicado e ilustrado suficientemente al joven adulto que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los numerales 5º y 6º, acarrean como consecuencia la Revocatoria inmediata de esta medida alternativa sin notificación y se ordenara el ingreso a la Cárcel Nacional de Maracaibo. Dichas Obligac.....