MANTENER la medida de LIBERTAD ASISTIDA, contenida en el articulo 626 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, impuesta al joven IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, soltero, estudiante, de dieciocho (18) años de edad, nacido en fecha trece (13) de Septiembre d mil novecientos ochenta y ocho (1.988), titular de la Cédula de Identidad número (SE OMITE), hijo de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Mene Grande, Municipio Baralt del Estado Zulia.